Cuando se alquila una vivienda o un local, es muy común pensar solo en la renta mensual y en el tipo de contrato. Sin embargo, hay un aspecto que muchos propietarios olvidan o desconocen: la aplicación del IVA en los alquileres. ¿Sabes si debes incluir este impuesto en tu factura mensual? ¿Estás cumpliendo con tus obligaciones fiscales o podrías estar asumiendo riesgos innecesarios?
Desde Agencia Negociadora del Alquiler®, con más de 13 años de experiencia y más de 76.000 contratos firmados, te explicamos de forma clara y sencilla todo lo que necesitas saber para no llevarte sorpresas con Hacienda.
¿Cuándo se aplica el IVA en los alquileres?
La primera gran distinción que debes conocer es si el alquiler es de vivienda habitual o si se trata de un local comercial, oficina o nave industrial. En términos fiscales, el uso del inmueble determina si el alquiler está exento o no de IVA.
Alquiler de vivienda habitual
En este caso, no se aplica IVA. La Ley del IVA establece que el alquiler de una vivienda para uso habitual por parte del inquilino está exento de este impuesto. Por tanto, si alquilas tu piso a una familia, a una pareja o a un particular que lo va a usar como su residencia principal, no tienes que incluir IVA en la renta mensual.
Eso sí, debes asegurarte de que así quede reflejado en el contrato. El uso del inmueble debe ser claramente residencial, ya que si se detecta un uso diferente (por ejemplo, turístico o de oficina), podrías tener problemas con Hacienda.
Alquiler de local u oficina
Si alquilas un inmueble para uso no residencial, entonces sí debes aplicar el IVA en la factura mensual. En estos casos, el impuesto se añade al precio del alquiler y el tipo general que se aplica es del 21%.
Además del IVA, también deberás practicar retención de IRPF si el arrendatario es una empresa o un autónomo.
¿Qué pasa con los arrendamientos turísticos?
Aquí entramos en una zona gris. Los alquileres turísticos, como los de plataformas tipo Airbnb, sí llevan IVA, ya que no se consideran arrendamientos de vivienda habitual.
Si prestas servicios propios de la industria hotelera (como limpieza diaria, lavandería o recepción), estás obligado a aplicar el 10% de IVA, al considerarse una actividad similar a la hostelería.
Por eso, si ofreces este tipo de alquiler, es fundamental asesorarte correctamente y declarar de forma adecuada tu actividad ante Hacienda.
¿Y si soy propietario y no estoy aplicando el IVA correctamente?
Aquí es donde te puedes estar arriesgando más de lo que crees. No cumplir con la normativa fiscal puede derivar en sanciones económicas, recargos por intereses e incluso inspecciones fiscales.
Muchos propietarios alquilan locales creyendo erróneamente que no tienen que declarar el IVA o que basta con acordar un precio “sin impuestos”. Esta práctica puede salir muy cara.
Desde Agencia Negociadora del Alquiler® te recomendamos que cuentes siempre con asesoramiento fiscal especializado para evitar errores que, aunque sean involuntarios, no te eximen de responsabilidad ante Hacienda.
¿Cómo puedo asegurarme de que cumplo con Hacienda?
La clave es saber exactamente qué tipo de alquiler estás ofreciendo y contar con un contrato bien redactado que refleje el uso que se va a dar al inmueble. Si tienes dudas, lo más recomendable es contar con expertos como los de Agencia Negociadora del Alquiler®, que no solo redactamos los contratos, sino que también te ofrecemos asesoramiento legal continuado durante toda la duración del alquiler.
Además, si eres propietario y quieres despreocuparte completamente de la gestión, nuestro servicio de Gestión Integral te permite olvidarte de todo: cobro de la renta, reparaciones, incidencias, trámites legales y, por supuesto, el cumplimiento fiscal.
IVA, avales y prórrogas: aspectos clave del alquiler
El cumplimiento fiscal no es el único aspecto importante al alquilar una vivienda o local. También debes tener claro si es legal solicitar un aval bancario alquiler, una herramienta muy útil para garantizar el cobro de la renta.
Y si tu contrato está por vencer, debes conocer todos los detalles de la prórroga contrato de alquiler para evitar que se termine sin que lo sepas o que se prorrogue automáticamente sin tus condiciones.
¿Qué servicios ofrece Agencia Negociadora del Alquiler® para los propietarios?
Además de garantizarte el cobro puntual de la renta el día 5 de cada mes, algo que venimos cumpliendo con un 0% de morosidad durante más de 13 años, te ofrecemos una gestión completa y profesional del alquiler.
Esto incluye:
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Redacción y revisión de contratos.
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Asesoramiento legal en todo momento.
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Coordinación de reparaciones y averías.
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Tramitación de fianzas, seguros e incidencias.
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Acceso a un Área Privada desde donde puedes controlar todo de forma digital.
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Posibilidad de mantener tu anonimato frente al inquilino.
En definitiva, tú solo cobras, nosotros nos encargamos del resto.
Cumplir con Hacienda no es opcional
El IVA en los alquileres es un tema que no puedes dejar al azar. Tanto si estás alquilando una vivienda habitual como si se trata de un local comercial o una vivienda de uso turístico, es esencial conocer tus obligaciones fiscales para no exponerte a sanciones.
Con Agencia Negociadora del Alquiler®, puedes estar tranquilo. Nos encargamos de que todo esté en regla, desde la redacción del contrato hasta la gestión fiscal, para que tú solo tengas que preocuparte de recibir tu renta cada mes.
¿Tienes dudas sobre si estás cumpliendo con Hacienda? ¿No sabes si deberías estar aplicando IVA? Contáctanos hoy mismo y te ayudaremos a resolverlo todo. Porque alquilar no tiene por qué ser complicado si cuentas con los profesionales adecuados.